
Manuel Morón
Preparador de la oposición de Agentes de la Hacienda Pública.
Socio fundador de Testeate.
Licenciado en derecho por la Universidad de Sevilla.
Si acabas de aprobar una oposición o estás estudiando para aprobar una, esto te interesa.
Los que no estéis preparando oposiciones a la Agencia Tributaria quizás no sepáis que hay un gasto del rendimiento del trabajo que se denomina por movilidad geográfica, según el cual cuando una persona en desempleo acepta un trabajo en otra localidad tiene derecho a una deducción de 2.000 euros de sus rentas del trabajo.
La Ley de IRPF exige:
- Situación de desempleo
- Inscripción de la situación en la oficina de empleo
- Aceptar un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio.
Tradicionalmente los distintos departamentos tenían criterios distintos sobre el momento en que un opositor debe estar inscrito en demanda de empleo, que básicamente iban desde la fecha fin de presentación de instancias (la más restrictiva) hasta la fecha de toma de posesión (la más permisiva)
El Tribunal Económico Central ha finalizado el debate con una resolución que sienta la doctrina siguiente: La fecha de referencia en la que debe estar inscrito el opositor es antes de la incorporación al puesto de trabajo.
Por tanto, inscríbete en la oficina de desempleo antes de tomar posesión en tu destino.
En el siguiente enlace te ofrecemos el texto íntegro de la resolución.
Resumen de la Resolución
Asunto: IRPF. Contribuyentes que acceden a nuevo empleo como funcionarios de carrera. Aplicación del Art. 19.2 de la Ley 35/2006, del I.R.P.F. Requisito de inscripción en la oficina de empleo.
Criterio:
Para que, los que accedan a nuevo empleo como funcionarios públicos, puedan aplicar el beneficio fiscal por “movilidad geográfica” que contempla el segundo párrafo del art. 19.2. f) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del I.R.P.F., en su redacción por la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, el requisito de que el interesado de que se trate tiene que estar inscrito en la oficina de empleo:
I.- Basta con que se cumpla antes del momento de la toma de posesión como funcionario en su destino, si el proceso selectivo correspondiente no exige de períodos de cursos o de prácticas.
II.- Porque si ese proceso selectivo exige de períodos de cursos o de prácticas, el requisito tendrá que cumplirse con anterioridad al inicio del período de cursos o de prácticas que corresponda.
En este último caso, nos podemos encontrar con el domicilio de residencia, el municipio del curso y el municipio de destino. Sólo nos valdrá uno y el requisito será la inscripción previa al inicio del curso.