Ley general tributaria concordada
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Ciertamente en el esquema está en el punto 6, pero también podemos ponerlo en primer lugar para no perder el tiempo el día del examen analizando rendimientos e importes. No creo que haya que explicar nada.
Cuando un contribuyente percibe estas rentas, no hay que mirar nada más porque no son una de las que deben debe obtener exclusivamente para que pasemos a valorar los importes.
Si la respuesta a esa pregunta es negativa, deberíamos ir a la regla 2 al fallar la parte de "exclusivamente".
Si la respuesta es positiva valoraremos si las rentas percibidas superan o no los límites para no tener obligación de declarar.
Si nos excedemos de cualquier límite, estaremos obligados a declarar sin necesidad de mirar la regla 2 porque obviamente nos vamos a pasar de los 1.000 euros que tiene esta como tope.
De ahí el último bloque:
Esperamos, como siempre, que ese artículo os sea de utilidad. ¡Y recuerda!...Si aún no estás suscrito para practicar tus test de Agentes Tributarios y disfrutar de mucho más material adicional no te pierdas el código promocional ♥OBTENTUPLAZA♥ para obtener un descuento del 20% en tu suscripción y dar el último empujón a tu preparación. Visita nuestra tienda.
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